«La Comisión Administrativa del Poder Legislativo es un órgano de creación legal con funciones administrativas, incluido en el sistema orgánico del Poder Legislativo, creada por la ley Nº 9.427 de 28 de agosto de 1934, y modificada por la ley Nº 16.821 de 23 de abril de 1997.
Sus cometidos son la administración de todos los servicios de apoyo a la labor legislativa y la coordinación de las tareas que se deben prestar para la conservación y mantenimiento del Palacio Legislativo y los demás edificios administrados por el Poder Legislativo.
Se integra por el Presidente de la Asamblea General –quien la preside-, tres senadores y tres diputados, más un eventual observador por la minoría no representada.
La superintendencia de todos los servicios y funcionarios está a cargo de la Secretaria de la Comisión Administrativa, integrada por un Secretario y dos Prosecretarios.»